14.6.05

 

Comunicado 30: Guardias, follow the sun y trabajos programados

Ericsson ha publicando una directiva sobre Disponibilidad y Otras Prestaciones fuera de jornada no acordada que incluyen tímidos avances pero no considera otras necesidades relativas a la jornada. La aplicabilidad de esta directiva viene estrictamente marcada por los contratos que existen, luego no firméis nada que pueda llevar a variar vuestro nivel de compromiso en estos temas.

La empresa ha publicado una directiva sobre prestaciones fuera de la jornada que consideramos un pequeño paso adelante al tratar de adecuar las compensaciones económicas e incluir una serie de medidas, traspuestas del preacuerdo sobre viajes, tendentes a facilitar la conciliación con la vida familiar mostrando una mayor sensibilidad hacia esta problemática que no podemos dejar de agradecer.

Las cantidades percibidas por disponibilidad y guardias no han sido actualizadas desde el año 1997. El incremento económico realizado de forma unilateral no se acerca a estos valores, que deberían ser 254,58 €/mes (frente a los 231 €/mes) por disponibilidad y 72,62 €/día (frente a los 60/90 €/día) por guardia. No han alcanzado a compensar la perdida de poder adquisitivo ni tampoco lo garantizan para el futuro.

No obstante, esta tímida iniciativa, que la dirección de RRHH ha considerado solo por ser un tema crítico para ciertos directores, no resuelve realmente el conflicto al no abordar otros problemas estructurales referentes al tiempo de trabajo. La directiva refleja la última propuesta de la compañía durante las negociaciones (salvo que deseaban una reducción de la compensación por guardias a 50 € los días laborables) que no hemos podido asumir porque, además de no cumplir los mínimos relativos a compensación, no se basa en una aplicación clara del propio concepto de jornada habitual antes de su flexibilización como medio de caracterizar el sacrificio en la vida personal requerido en estos casos.

Nuestro objetivo en esta negociación era llegar a un acuerdo donde quedara claramente regulada para todo Ericsson la jornada laboral así como las prestaciones especiales a las que se refiere esta directiva partiendo de la situación de facto en la empresa (ver tabla resumen sobre regulación de jornada) negociación que, al menos desde nuestro punto de vista, debe continuar hasta que se resuelvan los conflictos que sin duda no resuelve la directiva empresarial y entre los que se incluyen puntos como:
Todos los cambios relativos a jornada son modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y tienen que ser acordados con los Representes de los Trabajadores, o mediante contrato individual. Las directivas, al no estar basadas en una cuerdo, tienen un valor limitado; Pueden pagar más dinero, pero no pueden pedir más de lo firmado en los diversos contratos. Os aconsejamos que por sistema no firméis nada sin analizarlo antes con detenimiento y si tenéis la más mínima duda no vaciléis en contactar con nosotros.

Para la misma flexibilidad la misma compensación



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