28.11.07
Comunicado 88: Planes de Igualdad: Qué son y para qué sirven
El miércoles 14 de noviembre, la Representación Legal de los Trabajadores y Relaciones Laborales firmamos un compromiso para comenzar la preparación y negociación de un Plan de Igualdad para Ericsson España S.A. Una comisión paritaria se encargará de la elaboración de este plan que constará de tres fases: Diagnóstico, Redacción y Desarrollo y Seguimiento del mismo. El plan deberá estar listo antes del 30 de abril de 2008.
El 22 de marzo de este año se publicó en el BOE la LEY ORGANICA para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, más conocida como Ley de Igualdad, que establece la obligación de las empresas de más de 250 trabajadores de elaborar y aplicar un plan de igualdad que debe ser negociado con los representantes de los trabajadores.
La ley dice que un plan de igualdad es un “conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo”.
Probablemente alguien se puede cuestionar la necesidad de un plan de igualdad en la empresa. “¿Hay discriminación en Ericsson?”. Pues bien, hasta que no se haga un diagnóstico no podremos saber si hay discriminación en la empresa y en qué medida. Hay dos clases de discriminación, la directa, y la indirecta; esta última es mucho más sutil y difícil de detectar. Además, la ausencia de discriminación no significa necesariamente que haya igualdad de oportunidades debido al déficit democrático que arrastran las mujeres históricamente.
Los pocos datos de que disponemos, recogidos a través de las encuestas realizadas por el Comité de Empresa de Milenium y la Sección Sindical de UGT y por otros medios indican que sí podría existir cierta discriminación: el porcentaje de mujeres en la empresa es menor del 30%. La media salarial de las mujeres es sensiblemente inferior al de los varones. El incremento salarial medio de las mujeres es inferior al de los hombres. La presencia femenina en cargos de responsabilidad también es inferior. Con todo esto, nada podemos concluir hasta que no se realice un diagnóstico serio con todos los datos con que podamos contar.
Para ello, en la reunión del miércoles se estableció un paquete básico de información estadística que ambas partes considerábamos necesaria para la realización de dicho diagnóstico. Este diagnóstico servirá para determinar las acciones y medidas necesarias para corregir y prevenir situaciones de desigualdad en las siguientes áreas de intervención: acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribución, ordenación del tiempo de trabajo, conciliación de la vida familiar, personal y laboral, salud laboral y prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo.
El objetivo es que el plan esté listo para finales de abril de 2008. El plan será elaborado por una comisión de trabajo en la que intervendrán 3 representantes de la empresa y 3 representantes de los trabajadores por parte de UGT. Tras su elaboración, el plan será acordado entre la dirección de la empresa y la Comisión Negociadora (formada por 12 miembros de UGT y uno de CCOO). La aplicación y seguimiento del plan se prolongará durante un tiempo aún por definir, pero que en cualquier caso debería ser de medio plazo (entre 1 y 2 años como mínimo).
Queremos felicitar a la dirección por su voluntad y confiamos en que podamos ser capaces de demostrar que es posible llegar a acuerdos en temas que nos interesan a todas las partes. A los empleados, por otra parte, intentaremos implicaros en la elaboración del plan mediante la recogida de opiniones, experiencias y expectativas respecto al plan de igualdad para hacerlo lo más ajustado posible a las necesidades de la plantilla. Esperamos que la dirección, por su parte, implique también a todas las estructuras jerárquicas de la empresa.
Sindical

